ITACA

Certificación e inspección

Ofrecemos al mercado servicios de certificación en PRODUCTOS y SISTEMAS (GLOBALG.A.P., v5.2, v5.4_1 GFS, CoC/cadena custodia, PPM/material propagación, FO/flores y ornamentales, CC/Cultivos Extensivos Granel, Nurture, Albert Heinj AH DLL GROW, SPRING), ISO 9001 e ISO 14001 (ISO 9001 e ISO 14001 esquemas no acreditados).

Los servicios de certificación le permiten demostrar que sus productos, procesos, servicios y sistemas cumplen con las normas y reglamentos aplicables.

ITACA, Ingeniería Técnica Agrícola Certificadora Agroalimentaria, S.L. es una entidad de certificación privada e independiente, especializada en la certificación e inspección agroalimentaria.

globalg.a.p. iso 9001 iso 14001 leaf marque nurture albert heinj ah dll grow

Está acreditada por ENAC (101/C-PR223)) como Organismo de Certificación para certificar:

ITACA desarrolla su actividad a nivel nacional e internacional, realizando servicios inspección y  certificación en PRODUCTOS y SISTEMAS: (GLOBALG.A.P.) y (Add- On) relacionados, ISO 9001 e ISO 14001 (esquemas no acreditados)

Inspecciona y emite certificados bajo los estándares ISO 9001 e ISO 14001 (certificados no acreditados).

ITACA S.L., pondrá a disposición del público que lo solicite:

- Información sobre: los procesos de certificación, las tarifas, derechos y deberes de los solicitantes, uso de la marca y los procedimiento para el tratamiento de quejas y apelaciones.

- Elaboración de Oferta-Contrato

Igualmente se pondrá a disposición, según solicitud: el alcance y la validez de los certificados de empresas certificadas.

  • ITACA S.L., pondrá a disposición del público que lo solicite:

    - Información sobre: los procesos de certificación, las tarifas, derechos y deberes de los solicitantes, uso de la marca y los procedimientos para el tratamiento de quejas y apelaciones.

    - Elaboración de Oferta-Contrato

    Igualmente se pondrá a disposición, según solicitud: el alcance y la validez de los certificados de empresas certificadas.

area de clientes

  • ITACA, Ingeniería Técnica Agrícola Certificadora Agroalimentaria, S.L. es una entidad de certificación privada e independiente, especializada en la certificación e inspección agroalimentaria.

ITACA CERTIFICACIÓN E INSPECIÓN AGROALIMENTARIA

OBJETIVOS

Como parte de sus atribuciones. ITACA desarrolla las actividades propias de una Entidad de Certificación e Inspección de Productos agroalimentarios, así como de Sistemas y/o Servicios, para lo cual se propone la consecución, entre otros, de los siguientes objetivos

Afianzar su posición en el mercado de la certificación e inspección agroalimentaria, llegando a todos los sectores susceptibles alimentarios (hortofrutícola,  cárnico, lácteo, pesquero, sector servicios y otros relacionados y no alimentarios, que igualmente requieran un proceso exhaustivo y minucioso de evaluación/ control/ inspección/ certificación ).

Incidir en la mejora continua de todos los puntos de la cadena agroalimentaria (producción primaria, manipulación, comercialización).

Asegurar la mejora continua en cada paso del proceso comercial y productivo para la satisfacción de los clientes.

Colaborar con aquellas instituciones u organizaciones tanto  públicas como privadas, en la divulgación, incremento y mejora de la calidad.

ITACA no desarrolla actividades que pudieran comprometer la independencia e imparcialidad en sus actuaciones en materia de certificación e inspección. En particular, no lleva a cabo actividades de consultoría que sean incompatibles con su actividad certificadora - inspectora.

ITACA velará porque las empresas certificadas/inspeccionadas, cumplan y mantengan las condiciones que sirvieron de base para su certificación/inspección, a cuyos efectos, procederá a las actividades de evaluación periódicas correspondientes, con arreglo a procedimientos y criterios generales o específicos que sean de aplicación en cada caso, tanto con carácter previo a su certificación/inspección como subsiguiente a ésta.

ITACA podrá dar la adecuada publicidad (medios de comunicación, catálogos, página web, etc) a los procedimientos que utilice, así como a las relaciones de empresas inscritas en su registro o aquellos que causen baja en su certificación. Además, cumplirá, en todo momento, las obligaciones que puedan derivarse como consecuencia de los convenios, pactos o contratos que celebre con los órganos de la Administración central, autonómica o local para el desarrollo de sus funciones.

ITACA podrá promover la celebración de cursos, seminarios, ciclos de conferencias y demás actos similares para la formación de personal técnico, para la información de sus actividades y propósitos y para la difusión de sus objetivos. Podrá igualmente editar publicaciones monográficas y periódicas, folletos informativos y otras publicaciones.

reclamaciones

Mediante la cumplimentación y envío del siguiente formulario se podrá realizar una queja o apelación

Para la resolución extrajudicial de conflictos también puede contactar con las siguientes entidades:

condiciones generales

Aceptada la oferta por la Organización, lo que se entiende realizado mediante la
cumplimentación y firma de su apartado 7, “Aceptación de la Oferta”, por persona
debidamente autorizada, ambas partes acuerdan que concurren los requisitos de
consentimiento, objeto y causa, para que el texto íntegro de este documento les
obligue con la fuerza de un contrato.
El mismo entrará en vigor a partir de la recepción por ITACA S.L. de la oferta aceptada
y su duración será la de la validez de la certificación antes indicada.
El acuerdo de certificación entre ITACA S.L. y el cliente se establece por 3 años desde
la fecha de certificación. Cubre la realización de auditorías de certificación anuales (con
acciones de cierre de no conformidades y/o auditorías de seguimiento) y la emisión de
certificados correspondiente, por periodos de 3 años de duración, a lo largo del acuerdo
contractual.
No obstante, ambas partes acuerdan que el contrato se prorrogará de forma
automática por iguales periodos, salvo que la Organización comunique de forma
fehaciente a ITACA S.L. su voluntad de darlo por finalizado, con una antelación mínima
de tres meses a la duración del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas.
ITACA S.L. se reserva el derecho de modificar el documento “Procedimiento de
certificación y condiciones generales” y las cláusulas de la propuesta-contrato si los
factores de partida se ven alterados, tanto desde el punto de vista del solicitante, como
de las normas, legislación y requisitos de operativa del esquema de certificación.

Toma de muestras
ITACA S.L., no tiene laboratorio propio para realizar el análisis de residuos, subcontrata dicho servicio. Si
fuese necesario tomar muestras, éstas serán enviadas a un laboratorio acreditado según la norma UNE-
EN ISO/IEC 17025. Las muestras serán recogidas por personal de ITACA S.L.

Resumen del proceso
ITACA S.L. realizará los servicios de auditoría y certificación siguiendo el proceso que
se muestra en el diagrama de flujo adjunto y con el detalle y condiciones que se
recogen en los correspondientes apartados de este epígrafe.
Para ello ITACA S.L. se compromete a utilizar los recursos, los conocimientos y buen
hacer.
Por su parte, la Organización se obliga a realizar las actividades que le corresponden
dentro de este proceso como condición indispensable para el buen fin de los servicios
facilitados por ITACA S.L.
Las auditorías se realizan por muestreo ya que sería imposible revisar toda la
documentación y registros de una organización en los tiempos establecidos. Los
resultados de este muestreo proporcionan la evidencia suficiente para determinar el
cumplimiento o no con uno o varios requisitos de la norma de referencia. No obstante,
ITACA S.L. no se responsabiliza de que pueda existir alguna desviación respecto a la
norma que haya quedado oculta en las evaluaciones.

Acceso de las Entidades de Acreditación.
El cliente debe permitir el acceso al equipo, ubicaciones, las áreas, el personal y los
subcontratistas del cliente pertinentes, a las Entidades de Acreditación de ITACA S.L.
o de sus representantes y observadores (si es aplicable), durante el proceso de
certificación o en la realización de las auditorías periódicas o de re-certificación, con la
finalidad de presenciar como el equipo auditor realiza la auditoría y establece la
conformidad del sistema de gestión con los requisitos de la norma aplicable. El cliente
en el marco de este contrato no debe rechazar esta solicitud de presencia.
El cliente debe permitir examinar la documentación y los registros.

Suspensión, retirada o cancelación del certificado.
En caso de que el cliente:
a) No completase las acciones correctivas en el plazo estipulado.
b) Persistiera en el incumplimiento de la norma.
c) Hiciera mal uso del certificado y/o del logotipo.
d) No cumpliese con sus compromisos de pago con ITACA S.L.
e) Amenazara o pusiera en riesgo el prestigio de ITACA S.L.
ITACA S.L. se reserva el derecho de suspender o cancelar el certificado en cualquier
momento, después de haber informado por escrito al cliente de los motivos para
tomar esta decisión y ofrecerle la oportunidad de tomar las acciones correctivas
necesarias en un plazo máximo de28 días, que puede verse reducido si la gravedad
de la situación lo hiciese aconsejable.
En caso de que ITACA S.L. proceda a la suspensión del certificado, comunicará al
cliente el periodo de suspensión, el plazo para solventar la infracción y las acciones
necesarias para finalizar la suspensión y restablecer la certificación.
Tras proceder a la cancelación del certificado, el cliente no podrá solicitar la
certificación hasta cumplidos 12 meses desde la fecha de la cancelación.

Producida la suspensión o cancelación, ITACA S.L. se reserva el derecho de dar
publicidad a esta decisión.
Inmediatamente después de suspender, retirar o finalizar la certificación, el cliente deja
de utilizarla en todo el material publicitario que contenga alguna referencia a ella, y
emprende las acciones exigidas por el esquema de certificación (La devolución de los
documentos de la certificación…etc.) y cualquier otra medida que se requiera,
descritas en el procedimiento de certificación y que están a disposición del cliente.

Quejas, apelaciones o recursos y litigios.
El cliente puede reclamar las decisiones de ITACA S.L. consistentes en:
a) No aceptar una solicitud de certificación
b) Negarse a emitir la certificación
c) Suspensión, o cancelación de la certificación
d) No aceptar el campo de actividad propuesto
en la solicitud de certificación.
e) No aceptar una no-conformidad.
f) Otras situaciones semejantes.
Quedando obligada ITACA S.L. a
justificar porescrito su decisión en el
más breve plazo posible.
El cliente también puede reclamar
sobre la composición del equipo
auditor, antes de la auditoría.
Ha de presentar un escrito de acuerdo con el procedimiento general de quejas,
apelaciones o recursos y litigios .Solicitud, concesión y mantenimiento de la
certificación de ITACA S.L.

Actualización de precios.
La oferta y contrato consiguiente se han establecido con los datos facilitados por el
cliente previamente y que figuran recogidos en el documento de Petición de
información para la certificación de producto (PG0418). ITACA S.L. se reserva el

derecho a exigirlos con la modificación que proceda si se demostrase que estos datos
no son veraces.
Cualquier servicio ajeno al especificado en su contrato, será facturado de acuerdo a
las tarifas vigentes en ITACA S.L.
ITACA S.L. se reserva el derecho de revisar anualmente los precios convenidos en
contrato.

Cancelación y aplazamiento de la auditoría.
Si una vez planificada la auditoría, tanto sea ésta inicial como de certificación,
periódica, de seguimiento o de re-certificación, se reserva el derecho de facturar a la
tarifa vigente una cantidad equivalente al 25 % de los servicios ofertados o el
equivalente a un día de auditoría, en concepto de perjuicio causado por esa
modificación. Esta cantidad no será descontada de la facturación final de los servicios
contratados.

Efectos de la resolución del contrato.
Sea cual fuere la causa de esta resolución, una vez producida, llevará aparejada la
pérdida de automática de validez del certificado, quedando obligado el cliente a dejar
de utilizarlo o destruirlo o devolverlo a ITACA S.L., junto con todos los impresos,
documentos y otros objetos que mencionen o reproduzcan ya sea el Certificado o el
logotipo de ITACA S.L.

Resolución del contrato a petición del cliente.
Si el cliente decide resolver el contrato con ITACA S.L. de forma unilateral y sin causa
explicita que lo justifique, podrá hacerlo siempre que tenga abonadas todas las
facturas que le hubiera emitido ITACA S.L. y asuma la obligación estipulada en el
epígrafe anterior. Bastará que lo comunique, por escrito, a ITACA S.L., pero si el aviso
se produce con un plazo inferior a tres meses de una de las auditorías previstas en
contrato, habrá de satisfacer el importe de la misma como si esta se hubiera llevado a
cabo.

Responsabilidades.
La responsabilidad de ITACA S.L. sólo puede verse comprometida en caso de culpa o
negligencia que deberá ser acreditada. En este caso la obligación de ITACA S.L.
frente a su cliente, en razón de los daños, perjuicios, gastos y cualquier otro perjuicio
sufrido, y a cuyo título se viera comprometida esta responsabilidad, en razón de que
los honorarios se han establecido teniendo en cuenta esta limitación, no podrán
exceder, sean cuales fuesen las circunstancias, la naturaleza y la importancia de tales
perjuicios, exceder en ningún caso de una suma igual a dos veces el importe de los
honorario percibidos o comprometidos en contraprestación al servicio que hubiera
motivado la reclamación.
El cliente garantiza a ITACA S.L. en el exceso de este límite frente a las
consecuencias de cualquier reclamación que un tercero pudiera hacerle por cualquier
concepto derivado del servicio que le hubiera prestado.

Previsión de riesgos en el trabajo.
El Cliente informará a ITACA S.L. de cualquier riesgo (de Seguridad, Salud y Medio
Ambiente) que se relacione, implique o introduzca en la ejecución del trabajo y/o
cualquier medida de seguridad que sea necesaria para la ejecución del trabajo, así
como proporcionando los medios materiales necesarios para acometer sus funciones y
soportar el coste de dichos medios, si fuera necesario.
Siempre que ITACAS.L desempeñe su trabajo en las instalaciones, el Cliente deberá
disponer de todas las medidas de seguridad apropiadas para garantizar la seguridad
en el lugar de trabajo de acuerdo con la legislación pertinente.

Fuerza Mayor.
ITACA S.L. no será responsable en modo alguno si se produjera un incumplimiento de
sus obligaciones contractuales como consecuencia de cualquier hecho o situación que
no pudiera haber sido prevista razonablemente.

Confidencialidad.
Excepto si es requerido legalmente, el cliente y ITACA S.L. tratarán como
estrictamente confidencial, y no comunicarán a terceros sin la previa autorización
escrita de la otra parte, cuantos documentos o informaciones lleguen a su poder, o al
de sus empleados, agentes u otros en virtud del contrato que los une.
No obstante, se podrá mostrar su contenido a la Autoridad Competente, Comité de
Certificación y/o ENAC, si éste fuese requerido, con el fin de salvaguardar la
imparcialidad de las actividades de ITACA S.L.

Jurisdicción.
La legislación aplicable a este contrato será la española.
Ambas partes acuerdan que todos los litigios que se deriven o traigan causa de la
ejecución del contrato serán sometidos a los Tribunales de Almería, con renuncia
expresa al fuero que pudiera corresponderles.

Tanto ITACA S.L. como el solicitante son responsables de evitar la existencia del
conflicto de interés en el proceso de certificación.
ITACA S.L., ni el equipo auditor que actúa en su nombre, puede prestar los servicios
de certificación en organizaciones donde exista conflicto de interés.
Por su parte el solicitante se obliga a:

a. Comunicar a ITACA S.L. si mantiene relación profesional, o la ha mantenido
en los dos últimos años, con cualquiera de los miembros del equipo auditor.
b. Comunicar a ITACA S.L. si la existencia de una relación personal con algún
miembro del equipo auditor puede poner en peligro su independencia y objetividad.
c. No contratar los servicios de ninguno de los miembros del equipo auditor en
el año siguiente al de la prestación del servicio.
El solicitante deberá hacerse cargo de los costes que conlleven las acciones tomadas
para garantizar la objetividad e imparcialidad de los procesos de certificación que sean
consecuencia de no haber respetado el contenido de esta cláusula.

a) ITACA S.L. garantiza, cuando emita el Certificado, el cumplimiento de los
requisitos establecidos en el documento normativo de referencia. En base a ello, si
cualquiera de los productos certificados produjese perjuicios a terceros, de
cualquier índole, debido a la baja calidad de los elementos que la componen
individualmente (mal estado higiénico o cualquier otra causa) de sus componentes
sería de responsabilidad exclusiva de la empresa concesionaria, eximiendo a
ITACA S.L. de toda responsabilidad.


b) El cliente también garantiza que la documentación que entrega a ITACA S.L. es
completa, veraz y fiable y se compromete a mantener la veracidad de los datos
proporcionados a ITACA S.L. durante todo el proceso de mantenimiento del
certificado.


c) El cliente no podrá modificar ni ceder total ni parcialmente los derechos y
obligaciones derivados de la firma del presente contrato. Ante algún interés
particular, el cliente tendrá que pedir autorización previa a ITACA S.L. y esperar a
que ésta de su consentimiento por escrito.


d) Cada una de las partes vinculadas mediante el presente contrato, asegura no ser
socio ni representante legal de la otra. De esta forma se asegura que cada una de
las partes actúan en su propio nombre e interés.


e) En caso de producirse retraso u omisión en la ejecución de alguna de las
obligaciones por parte del cliente hacia ITACA S.L., podrá considerarse como una
renuncia por parte de la primera a cumplir con la ejecución de su obligación
puntual hacia la segunda.


f) ITACA S.L. como entidad de certificación, concederá el uso de su marca, que
serán aplicadas sobre los productos incluidos bajo el amparo del Certificado.


g) ITACA S.L. no emitirá el certificado si la empresa concesionaria tiene alguna
factura pendiente de pago.


h) El cliente no utiliza su certificación de producto de manera que ocasione mala
reputación para el organismo de certificación, y no hace ninguna declaración
relacionada con su certificación de producto que el organismo de certificación
pueda considerar engañosa o no autorizada.


i) El cliente siempre hace declaraciones sobre la certificación coherentes con el
alcance de la certificación.

 

j) Si el cliente suministra copias de los documentos de certificación a otros, los
documentos se deben reproducir en su totalidad o según lo especifique el
esquema de certificación.


k) El cliente, al hacer referencia a su certificación de producto en medios de
comunicación tales como documentos, folletos o publicidad, el cliente cumple con
los requisitos del organismo de certificación o los especificados por el esquema de
certificación.


l) El cliente cumple con todos los requisitos que pueda estipular el esquema de
certificación con relación al uso de las marcas de conformidad y a la información
relacionada con el producto.

 

m) El cliente conserva un registro de todas las quejas conocidas con respecto al
cumplimiento de la certificación y pone tales registros a disposición de ITACA S.L.
cuando se le solicita y toma las acciones adecuadas con respecto a tales quejas y
a las deficiencias que se encuentren en los productos que afectan a la conformidad
con los requisitos de la certificación; y documenta las acciones realizadas.


n) El cliente toma todas las medias necesarias para:
– Realizar la evaluación y la vigilancia, incluyendo las disposiciones para
examinar la documentación y los registros, y tener acceso al equipo, las
ubicaciones, las áreas, el personal y los subcontratistas del cliente que sean
pertinentes.
– Investigar las quejas.
– La participación de observadores si es aplicable.

a) El cliente se compromete ante ITACA S.L. a que durante el tiempo de vigencia
de la certificación cumplirá con los requisitos razonablemente necesarios para
la emisión del certificado, incluidos los reglamentos emitidos por la autoridad
competente, normas y códigos que resulten de aplicación.


b) El cliente conoce y cumple los criterios recogidos en la norma de gestión de la
calidad y gestión medioambiental en la Versión y alcance descrito en el punto 2
de este documento.


c) El cliente cumple con la legislación aplicable a este producto.


d) El cliente conoce y consiente en la realización de los análisis de las muestras
tomadas para su análisis en laboratorios externos previamente evaluados y
contratados por ITACA S.L., si procede.


e) El cliente identifica y mantiene separado el producto que cumple los requisitos
de certificación de aquellos no conformes o descalificados, así como de
cualquier otro producto que elabore, almacene desde la recepción de materias
primas hasta su expedición.


f) El cliente, retira del mercado aquel producto que, en su caso hubiere motivado
la suspensión o la retirada de la certificación.


g) El cliente se compromete al cumplimiento inicial y continuado de los requisitos
establecidos para la certificación/inspección de sus productos, incluyendo la
implementación de los cambios adecuados cuando los comunique ITACA S.L.


h) Si la certificación se aplica a la producción en curso, el producto certificado
continuara cumpliendo con los requisitos del producto.


i) El cliente dispondrá de un procedimiento que garantice la actualización de las
normas que utiliza.

 

j) ITACA S.L. se compromete a mantener informado al cliente de cualquier
cambio que se produzca en la normativa que utiliza y el cliente se compromete
a aplicar la normativa que esté en vigor. La versión actualizada estará
disponible en la página web de ITACA S.L., a la cual podrá acceder usando el
USUARIO y CONTRASEÑA que ITACA S.L. le facilitará cuando haya firmado
el contrato.

 

k) El cliente conoce el procedimiento interno de ITACA S.L. para llevar a cabo el
trabajo de inspección/certificación.

a) Cuando el cliente modifique las condiciones expuestas en el apartado anterior
durante el periodo de vigencia del Certificado, lo comunicará lo antes posible a
ITACA, quien modificará en consecuencia el programa de trabajo a realizar así
como las condiciones económicas (en su caso) hasta adaptarlas a la nueva
situación.


b) El cliente informará a ITACA S.L., sin retraso, acerca de los cambios que
pueden afectar a su capacidad para cumplir con los requisitos de la
certificación, como:
– La condición legal, comercial, de organización o de propiedad
– Organización y gestión
– Modificaciones en el producto o en el método de producción
– Direcciones de contacto y sitios de producción
– Cambios importantes en el sistema de gestión de la calidad


c) Todas aquellas notificaciones que el cliente desee realizar a ITACA S.L., las
hará formalmente mediante carta certificada o por e-mail, aunque podrá
adelantar la petición por fax o teléfono.


d) ITACA S.L. podrá comunicar a través de los medios que estime oportunos
(públicos o privados), si así lo considera conveniente, la suspensión, retirada o
cancelación del Certificado.
El cliente autoriza a ITACA S.L. a que utilicen los datos del registro en procesos
internos y procedimientos sancionadores, sin que por ello se incurra en el

incumplimiento de la Ley de Protección de Datos. ITACA S.L., pondrá a disposición de
quien lo solicite, información sobre el estado de la certificación.

Se presupuestan unos honorarios según las dedicaciones y tarifas y teniendo en
cuenta los siguientes puntos:
.
Particularidades de contratación:
Auditoría de Certificación:  ITACA S.L. factura el servicio de certificación que
presta, lo que incluye además de las jornadas de auditor aplicadas, el tiempo
de estos técnicos para la emisión de los informes, y el cierre de las No
Conformidades, así como las tasas a satisfacer a la entidad de acreditación,
gastos administrativos, la emisión del certificado, los gastos directos aplicados
y la parte que corresponda de los generales de la sociedad.


Gastos de estancia y desplazamiento: Los honorarios expresados incluyen
todos los gastos necesarios para la prestación del servicio (desplazamiento y
manutención). No está incluido el alojamiento (en caso de ser necesario) ni
desplazamientos extras (avión al extranjero y desplazamiento interior en el país
de destino), ni desplazamientos múltiples.


Copias adicionales del certificado en otros idiomas: 165,00 €/Copia.


Visitas o auditorias extraordinarias: En caso de ser necesaria, se facturará
aplicando la tarifa vigente en ITACA S.L.

 

Cuando fuese necesaria una visita adicional para el cierre de las no
conformidades las jornadas necesarias de auditor serán objeto de una
facturación adicional aplicando la tarifa vigente.


Facturación y forma de pago: ITACA S.L. emitirá las facturas
correspondientes al término de cada una, en el caso de las auditorías
extraordinarias o no anunciadas; éstas serán abonadas como máximo a los
treinta días de la fecha de emisión. La forma de pago será talón o
transferencia; el en caso de auditorías anunciadas la factura se emitirá a la
firma del contrato el pago se realizará mediante remesa bancaria antes de la
realización del servicio (si no se aportan datos bancarios, se deberá satisfacer
el importe antes de la realización del servicio).

 

Si fuese necesario la realización de análisis de residuos, no están incluidos en
este presupuesto y se aplicarán las tarifas de los laboratorios vinculados con ITACA S.L.


Impuestos: el IVA o impuesto aplicable, no se encuentra incluido en las
cantidades expresadas.


Validez del presupuesto: este presupuesto es válido por 6 meses desde su fecha de emisión.

 

PRODUCTO:

Aceptación de la Oferta:
Aceptada la oferta por la Organización, lo que se entiende realizado mediante la
mediante la cumplimentación y firma de su apartado 7, “Aceptación de la Oferta”, por
persona debidamente autorizada, ambas partes acuerdan que concurren los requisitos
de consentimiento, objeto y causa, para que el texto íntegro de este documento les
obligue con la fuerza de un contrato.
El mismo entrará en vigor a partir de la recepción por ITACA S.L. de la oferta aceptada
y su duración será la de la validez de la certificación antes indicada.
El acuerdo de certificación entre ITACA S.L. y el cliente se establece por 4 años desde
la fecha de certificación. Cubre la realización de auditorías de certificación anuales (con
acciones de cierre de no conformidades y/o auditorías de seguimiento) y la emisión de
certificados GLOBALG.A.P, por periodos de 1 año de duración, a lo largo del acuerdo
contractual.
No obstante, ambas partes acuerdan que el contrato se prorrogará de forma
automática por iguales periodos, salvo que la Organización comunique de forma
fehaciente a ITACA S.L. su voluntad de darlo por finalizado, con una antelación mínima
de tres meses a la duración del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas.
ITACA S.L. se reserva el derecho de modificar el documento “Procedimiento de
certificación y condiciones generales” y las cláusulas de la propuesta-contrato si los
factores de partida se ven alterados, tanto desde el punto de vista del solicitante, como
de las normas, legislación y requisitos de operativa del esquema de certificación.

Proceso de certificación

Toma de muestras
ITACA S.L., no tiene laboratorio propio para realizar el análisis de
residuos, subcontrata dicho servicio. Si fuese necesario tomar muestras, éstas serán enviadas a un laboratorio acreditado según la
norma UNE-EN ISO/IEC 17025. Las muestras serán recogidas por
personal de ITACA S.L.

Resumen del proceso
ITACA S.L. realizará los servicios de auditoría y certificación siguiendo el proceso que
se muestra en el diagrama de flujo adjunto y con el detalle y condiciones que se
recogen en los correspondientes apartados de este epígrafe.
Para ello ITACA S.L. se compromete a utilizar los recursos, los conocimientos y buen
hacer.
Por su parte, la Organización se obliga a realizar las actividades que le corresponden
dentro de este proceso como condición indispensable para el buen fin de los servicios
facilitados por ITACA S.L.
Las auditorías se realizan por muestreo ya que sería imposible revisar toda la
documentación y registros de una organización en los tiempos establecidos. Los
resultados de este muestreo proporcionan la evidencia suficiente para determinar el
cumplimiento o no con uno o varios requisitos de la norma de referencia. No obstante,
ITACA S.L. no se responsabiliza de que pueda existir alguna desviación respecto a la
norma que haya quedado oculta en las evaluaciones.

ITACA S.L. durante los 12 meses de validez de los certificados, realizará:


Inspecciones no anunciadas a un mínimo del 10% del total de los productores
certificados en opción 1 y por cada alcance.


Auditorias no anunciadas al S.G.C. a un mínimo del 10% del total de los
productores que tiene certificados bajo la Opción 2.

 

Cualquier no conformidad será gestionada de la misma manera que si fuera detectado durante
una inspección anunciada.
ITACA podrá notificar al productor su visita por adelantado. Está notificación normalmente no
excederá las 48 horas (2 días laborables). En el caso excepcional de que sea imposible para el

productor aceptar la fecha propuesta (debido a razones médicas u otras justificables), el
productor tendrá otra oportunidad más de ser informado de la inspección de seguimiento no-
anunciada. El productor recibirá una advertencia por escrito si la primera fecha propuesta no ha
sido aceptada. El productor recibirá otra notificación de la visita con 48 horas de anticipación. Si
la visita no se puede realizar por razones que no son justificadas, se le aplicará una suspensión
de todos los productos.


Las auditorías no anunciadas no están incluidas en esta oferta y se facturará según la
tarifa vigente de ITACA S.L.

En GLOBALG.A.P existe un programa de recompensa NO-ANUNCIADAS.


a) Los productores podrán optar por participar en el Programa de Recompensas
No-anunciadas.


b) Bajo este programa, los productores serán excluidos del 10% adicional de la
inspección no-anunciada (descrito en el punto anterior). Sin embargo la
inspección anual será no-anunciada siguiendo las mismas reglas descritas en
el punto anterior.


c) Las inspecciones bajo el Programa de Recompensas No-anunciadas siempre
deberán llevarse a cabo usando la lista de verificación completa de IFA y de
acuerdo a los a los ámbitos y sub-ámbitos correspondientes.


d) La participación en el Programa de Recompensas No-anunciadas se registra
como un atributo del certificado en la Base de Datos GLOBALG.A.P.
e) Los participantes en este programa están excluidos de la metodología de
módulo fuera de sitio de producción.


f) ITACA, en circunstancias justificadas, tiene derecho a programar inspecciones
no-anunciadas durante el periodo de validez del certificado, por ejemplo a
continuación de una reclamación.


g) Si el productor también necesita ser auditado para un módulo Add-on y las
reglas Add-on excluyeran en forma explícita las evaluaciones Add-on no
anunciadas, el productor no podrá participar del Programa de Recompensas
No-anunciadas.

certificación

Paginas de interés

ITACA, Ingeniería Técnica Agrícola Certificadora Agroalimentaria, S.L

¿Dónde Estamos?

La oficina central de ITACA, se encuentra en Almería, pero nos encontramos presentes a nivel nacional e internacional a través de nuestro equipo especializado de auditores e inspectores.

Delegaciónes

E-mail: calidad@itacalidad.com 

Web: www.itacalidad.com

Domicilio: Avda de la Innovación Nº 15, edificio Pitágoras Parque Científico-Tecnológico de Almería (PITA) 04131 

Teléfonos:  + 34 950 105 110  / +34 667 445 424

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